Acceso a la Universidad / Ingreso en Primer Ciclo

ACCESO A PRIMEROS CICLOS - PREINSCRIPCIÓN
   
Introducción
Presentación de Solicitudes
¿Cómo se adjudican las plazas?
Cómo y cuándo matricularse en Andalucía
Como reclamar algún error u omisión
Calendario
BOJA núm. 89 - 12/05/2006
ACUERDO de 22 de marzo de 2006, de la Comisión del Distrito Unico Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento para el ingreso en los primeros ciclos de las Enseñanzas Universitarias


 

FASE EXTRAORDINARIA

Tras la finalización de las dos fases ordinarias de preinscripción para el curso 2009/2010, para el acceso a las enseñanzas oficiales de primeros ciclos, segundos ciclos y grados que imparten las Universidades Públicas de Andalucía, la Comisión de Distrito Único Andaluz abre un periodo Extraordinario de preinscripción .

Las solicitudes se presentarán en la Oficina de Preinscripción de la Universidad donde resida el solicitante.

Para conocer las direcciones de las Oficinas de Preinscripción así como aquellas titulaciones que se ofertan en esta fase Extraordinaria podrá consultar la página Web http://www.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa/sguit/paginas/distrito/mapa_php_FEXTRA/    o al teléfono 954-995155.

En la Universidad Pablo de Olavide las solicitudes se recogerán y presentarán en el Área de Estudiantes (Edificio 3, planta baja):

PLAZO: 29 Y 30 DE OCTUBRE
HORARIO: de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00 horas. (Viernes sólo en horario de mañana).

Los/as alumnos/as que resulten admitidos/as formalizarán su matrícula durante los días 9, 10 y 11 de noviembre, en el Área de Gestión Académica de esta Universidad (Edificio 3, planta baja).

 

 

Oferta de plazas

Solicitudes

 

INTRODUCCIÓN
 
El Real Decreto 69/2000, de 21 de enero (BOE de 22) por el que se regulan los procedimientos de selección para el ingreso en los centros universitarios, establece el Distrito Abierto, en virtud del cual los estudiantes que reúnan los requisitos legales podrán solicitar plaza, en la universidad de su elección para cursar los primeros ciclos de estudios universitarios que conduzcan a la obtención de títulos oficiales y con validez en todo el territorio nacional. Se trata con esta medida de favorecer la movilidad estudiantil. Es decir cualquier estudiante será tratado en igual de condiciones, con independencia de donde haya estudiado o donde resida.

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PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
 
Las solicitudes podrán presentarse por Internet en la Web de Preinscrpción Andaluza de la Junta de Andalucía o solicitando en una universidad andaluza con el correspondiente sobre de preinscripción.

Sólo se podrá presentar una única solicitud en toda Andalucía donde se relacionarán, por orden de preferencia, todas las titulaciones y centros deseados por el solicitante, teniendo en cuenta una circunstancia MUY IMPORTANTE: una vez finalizado el periodo de presentación de solicitudes no se podrá añadir, suprimir o alterar el orden de las titulaciones y centros relacionados en la solicitud, salvo que ello implique la admisión en una titulación y centro donde no haya lista de espera. Es por lo que se recomienda rellenar y repasar con mucho cuidado las peticiones formuladas.

 

En la Universidad Pablo de Olavide las solicitudes han de presentarse en:

Área de Estudiantes
   Edificio nº 3 - José Moñino, Conde de Floridablanca. Planta baja
   De 9:00 a 14:00 horas.
   > Plano del campus

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¿CÓMO SE ADJUDICAN LAS PLAZAS?
 
El Real Decreto 69/2000 de 21 de enero (B.O.E de 22) y Orden de 26 de junio de 2000 (B.O.E. de 28) establece el orden de prelación en el que las universidades atenderán las solicitudes teniendo en cuenta, en todo caso, las diferentes situaciones académicas de procedencia de los solicitantes, que a partir de ahora llamaremos cupos de acceso, en desarrollo del citado Real Decreto, la Comisión del Distrito Único ha fijado los porcentajes de reserva de plaza en la siguiente cuantía:
- Cupo de Formación Profesional: 7%
- Cupo de Titulados Universitarios: 1%
- Cupo de Extranjeros: 1%
- Cupo Mayores de 25 años: 3%
- Cupo de Discapacitados: 3%
- Cupo de Deportista de Alto Nivel: 3%
- Cupo General: Resto de plazas y aquellas reservadas a los cupos anteriores que sean cubiertas por no haber solicitudes.

Los solicitantes que dispongan de requisitos académicos para el acceso por más de una vía podrán utilizar dicha posibilidad.
El procedimiento de asignación de plazas es de la siguiente forma:

A los efectos de ordenación de solicitudes, en primer lugar, habrá de considerarse preferentemente las de quienes desean cursar una única carrera frente a quienes desean simultanear dos o más enseñanzas universitarias, que serán atendidos al final del proceso de preinscripción (después de la fase junio y de la de septiembre).

Para cada cupo mencionado anteriormente el proceso será el siguiente:

CUPO GENERAL:

1. Quienes superen la Prueba de Aptitud para el acceso a la Universidad, excluidos la Prueba para Mayores de 25 años de edad, así como los que tengan superado las Pruebas de Madurez, el Bachillerato Superior y el Curso Preuniversitario; los que tengan superados el Bachillerato Superior y COU con anterioridad a curso 1974/75; o los que tengan superado el Bachillerato anterior al plan de 1953; tendrán preferencia sobre los que aún no han superado la Prueba de Acceso a la Universidad.

2. Dentro de los anteriores, quienes superen sus requisitos académicos en la convocatoria de junio de este año o cualquier convocatoria de años anteriores, tendrán preferencia sobre quienes los superen en la convocatoria de septiembre de este año.
Se produce una salvedad a esta regla con aquellos que pudiendo solicitar la preinscripción en la fase de junio, para ser tratados en dicha fase, no ejerzan este derecho y soliciten preinscripción en la fase de septiembre; en este caso no se tendrá en cuenta la convocatoria en que superaron los requisitos académicos.

3. Dentro de los anteriores, se atenderán primero las solicitudes de quienes hayan superado la selectividad por una vía de Bachillerato LOGSE, opción de COU, modalidad del Bachillerato de Reforma, preferente para la titulación que corresponda. En el caso de no haber superado la selectividad, tendrán preferencia quienes han cursado el COU o el Bachillerato de Reforma por una opción o modalidad preferente para la titulación que corresponda. Para ver la preferencia de las titulaciones consultar el ANEXO 5: MAPA DE TITULACIONES CON LA OFERTA DE PRIMEROS CICLOS “Relación de Titulaciones, de sólo primer ciclo o de primero y segundo ciclo, por centros que se imparten en las Universidades Andaluzas”.

4. Y por último, dentro de los anteriores, se ordenarán por la calificación de acceso a la Universidad, que según corresponda será:
- La calificación Definitiva de Acceso a la Universidad
- La media resultante de promediar la puntuación obtenida en las pruebas de madurez y la media del expediente académico de Bachillerato Superior y del Curso Preuniversitario.
- La nota media del expediente académico del BUP o, en su caso del Bachillerato Superior y del Curso de Orientación Universitaria, para los que hayan superado este último curso con anterioridad al curso 1974/75.
- La nota media de expediente académico de Bachillerato para quienes hayan cursado planes de estudio anteriores al de 1953
- La nota media del Bachillerato Unificado Polivalente y del Curso de Orientación Universitaria; o de las Enseñanzas Experimentales de la Reforma de las Enseñanzas Medias.


CUPO DE FORMACIÓN PROFESIONAL:

Este cupo de reserva será de un 7 por ciento de las plazas ofertadas.


1. Quienes están en posesión de un Título de Formación Profesional de Segundo Grado, Módulo Profesional de Nivel III o Ciclo Formativo de Grado Superior, obtenido en la convocatoria de junio de este año o cualquier convocatoria de años anteriores, tendrán preferencia sobre quienes lo obtengan en la convocatoria de septiembre de este año.
Se produce una salvedad a esta regla con aquellos que pudiendo solicitar la preinscripción en la fase de junio, para ser tratados en dicha fase, no ejerzan este derecho y soliciten preiscripción en la fase de septiembre; en este caso no tendrá en cuenta la convocatoria en que superaron los requisitos académicos.

2. Dentro de los anteriores, se ordenarán por la nota media del expediente académico, de acuerdo con el cálculo establecido a efectos de acceso a la Universidad.
A igual nota media del expediente académico, se utilizará una nota de desempate, que se obtendrá de la nota media aritmética de la totalidad de las materias o asignaturas que componen las distintas áreas. Si aún se mantuviese el empate se desempatará mediante un sorteo de apellidos u nombre que al efecto realiza la Comisión del Distrito Único en cumplimiento de la Resolución de la Dirección General de Universidades del Ministerio de Educación y Cultura, de 3 de junio de 2001 (B.O.E. de 12)


CUPO DE TITULADOS:

Podrán acceder por este cupo quienes estén en posesión de un título universitario o equivalente, obtenido antes de la finalización del plazo de preinscripción de la primera fase (junio). No existe convocatoria en la segunda fase (septiembre) para este cupo.
Se ordenarán las solicitudes de este cupo por la nota media del expediente académico. Para el cálculo de la media del expediente académico de un titulado se presentan tres tipos de expedientes académicos:
a) Los configurados por asignaturas
b) Los configurados por créditos homologados conforme a las Directrices Generales Propias.
c) Los configurados por créditos homologados conforme a las Directrices Generales Propias y por asignaturas.

Por ello, y a fin de homogeneizar las calificaciones de acceso de los titulados, la valoración numérica única de las calificaciones cualitativas se expresa en la siguiente tabla de equivalencia.

Convalidada: 1
Aprobada: 1
Notable: 2
Sobresaliente: 3
Matricula de Honor: 4

Si alguna calificación sólo estuviese expresada en términos cuantitativos se trasladará a cualitativa en los siguientes rangos: entre 5 y 6.99, Aprobado; entre 7 y 8.99, Notable; entre 9 y 9.99, Sobresaliente; y 10 Matricula de Honor. La calificación de acceso se calculará:

a) Expedientes configurados por asignaturas (ECA).
La calificación de acceso será la suma de todas las calificaciones, según la tabla de equivalencias anterior, de las asignaturas necesarias para la obtención del correspondiente título divididas por el número total de dichas asignaturas. A estos efectos las asignaturas cuatrimestrales tendrán la mitad de su valor (el valor de la calificación en el numerados será la mitad y se considerará con 0.5 en el divisor).

b) Expedientes configurados por créditos homologados conforme a las Directrices Generales propias (ECC).
La calificación de acceso será la suma de los créditos superados multiplicados cada uno de ellos por el valor de la calificación que corresponda, a partir, de la tabla de equivalencias anterior, y dividido por el número de créditos totales de la enseñanza correspondiente. A estos efectos, los créditos superados en los que no conste ninguna de las calificaciones anteriormente citadas, no serán computados y se descontarán de la carga lectiva y se considerarán los créditos superados como complementos de formación

c) Expedientes configurados por créditos homologados conforme a las Directrices Generales propias y por asignaturas.
Se procederá según corresponda al carácter de las asignaturas tal como se indica en los dos apartados anteriores y se calculará la media ponderada con las dos calificaciones anteriormente obtenidas. Para la citada ponderación se procederá de la siguiente forma:
- Sea P= Porcentaje de créditos, superados respecto de 225 ó 375 según corresponda a estudios de ciclo corto o largo respectivamente.
- Calificación de acceso = (calificación obtenida en ECA) x ( 1- P/100 ) + ( calificación obtenida en ECC ) x ( P/100 ), teniendo en cuneta que si P> 100 se tomará P=100.

Las asignaturas a considerar a los efectos del cálculo de la nota media del expediente académico serán las que a continuación se indican, en función de las especificaciones que sobre la carga lectiva establezca el respectivo plan de estudios de la titulación de que se trate:

a) Expedientes de planes estructurados en créditos homologados conforme a las Directrices Generales propias y pos asignaturas:
- Todos los créditos troncales superados
- Todos los créditos obligatorios superados
- Los créditos optativos superados, descontando los de menor calificación que excedan de la citada carga lectiva de créditos optativos.
- Los créditos de libre configuración superados, descontando los de menor calificación que excedan de la citada carga lectiva de créditos de libre configuración.

b) Expedientes de planes no estructurados en créditos homologados conforme a las Directrices Generales propias y por asignaturas
- Se considerarán todas las materias del plan de estudios, y, en su caso, el Proyecto Fin de Carrera como una asignatura de carácter anual.

En todo caso, las certificaciones académicas de planes estructurados en créditos homologados conforme a las Directrices Generales propias y por asignaturas que se presenten, deberán especificar obligatoriamente las cargas lectivas correspondientes a materias troncales, obligatorias, optativas y de libre configuración curricular.

c) No obstante lo anterior, cuando exista un conjunto de créditos homologados conforme a las Directrices Generales Propias y por asignaturas adaptados, se actuará como indica el apartado “Expedientes configurados por créditos homologados conforme a las Directrices Generales Propias (ECC)” con la particularidad de multiplicar los créditos adaptados por la media aritmética ponderada de las calificaciones de las asignaturas que originaron la adaptación.

d) A los únicos efectos de considerar el expediente académico de quienes desean acceder a una titulación por el cupo de plazas reservadas a estudiantes con titulación universitaria o equivalente, el solicitante podrá elegir la presentación de cualquiera de los siguientes títulos universitarios:
- Un título de enseñanzas de solo primer ciclo.
- Un título de enseñanzas de primer y segundo ciclo.
- Un título de enseñanzas de sólo segundo ciclo junto con los estudios de primer ciclo que la habilitaron para el acceso a dicho segundo ciclo.

CUPO DE EXTRANJEROS:

Quienes no teniendo nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea o del espacio económico europeo, superen la Prueba de Aptitud para el acceso a la Universidad en la convocatoria de junio de este año o del curso pasado podrán participar en el proceso de preinscripción en la primera fase (junio) por esta cupo. No existe convocatoria en la segunda fase (septiembre) para este cupo.

1. Se atenderán primero las solicitudes de quienes hayan superado la Prueba de Acceso en una opción o vía preferente, según corresponda a C.O.U. o Bachillerato.
2. Dentro de los anteriores, se ordenarán por la calificación final de la Prueba de Aptitud para el acceso a la Universidad

CUPO DE MAYORES DE 25 AÑOS.

Podrán acceder a este cupo quienes hayan superado la Prueba de Acceso para Mayores de 25 años de edad.

Se atenderán primero las solicitudes de quienes hayan superado la Prueba por una de las vías vinculadas al Bachillerato, preferente para la titulación que corresponda.
Se ordenarán por la calificación final de la Prueba de Acceso. Si en el certificado únicamente apareciera como calificación “APTO”, se considerará la calificación de 5.

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¿CÓMO Y CUÁNDO SE MATRICULA UN SOLICITANTE EN UN CENTRO DE ANDALUCIA?
 
En Andalucía se realizan varias adjudicaciones (ver calendario Distrito Único Universitario Andaluz), de manera que en cada una de ellas se utilizan las plazas que quedan vacantes de la anterior. Después de cada asignación de plazas se publican las listas de adjudicación en las oficinas de preinscripción y en cada centro, las listas correspondientes alas titulaciones que se imparten en el mismo.

Si se dispone de conexión a INTENET también se pueden consultar e imprimir la asignación de un solicitante accediendo al servidor WEB que posee la Junata de Andalucía cuya dirección es http://www.juntadeandalucia.es/ o en las diferentes páginas de las Universidades de Andalucía.

Tras la publicación de la primera lista, los solicitantes que resulten admitidos estarán obligados a realizar matrícula o reserva de plaza según se indica en los siguientes apartados, a excepción de aquellos que se encuentren pendientes de aportar la documentación exigida en la convocatoria, cuya admisión quedará condicionada a la entrega de dicha documentación en la misma oficina donde presentaron su solicitud de preinscripción, exclusivamente dentro de este primer plazo. Dicha entrega supondrá su consideración en la segunda de las adjudicaciones. En su defecto el solicitante decaerá en todos sus derechos en el proceso de preinscripción.

La matrícula o reserva de plaza precitada en el párrafo anterior, se formalizará según se indica a continuación:

1. Solicitantes que han sido admitidos en su primera petición: Formalizarán la matricula en las secretarías de los centros correspondientes dentro del plazo establecido. No podrán optar a ninguna otra titulación y centro donde exista lista de espera.

2. Solicitantes que desean estudiar la titulación actualmente asignada, no deseando estar en espera de otras peticiones de mayor preferencia: formalizarán la matricula en las secretarías correspondientes dentro del plazo establecido.

3. Solicitantes que desean quedar en espera de obtener plaza en titulaciones de mayor preferencia de la asignada: Deberán dirigirse a las Oficinas de Acceso que establezca la Universidad donde reside y realizar, para la plaza asignada, una reserva de la misma, o a través de la página web www.juntadeandalucía.es/educacionyciencia.

En sucesivas adjudicaciones los solicitantes irán obteniendo, si es posible, titulaciones de mayor preferencia de las relacionadas en su solicitud sin tener que volver a realizar reserva, es decir, con la primera reserva bastará para aparecer en sucesivas listas que se publiquen y mantener la reserva sobre las nuevas adjudicaciones.

Los solicitantes que en la primera de las adjudicaciones no tengan asignada ninguna plaza, deberán esperar a figurar en las listas correspondientes a sus peticiones, y realizar matrícula o reserva en el momento en que resulten asignados en alguna de ellas, tal como se indica en los apartados anteriores, en el bien entendido que dicha asignación no se efectuará a aquellos que, figurando como pendientes de aportar documentación exigida en la convocatoria , no efectúan la entrega de dicha documentación en la misma oficina donde presentaron su solicitud de preinscripción, dentro del plazo correspondiente a la citada primera adjudicación.

Si un solicitante no ha rellenado los suficientes códigos de titulaciones y centros, y no resulta asignado en la primera fase (junio) a ninguna titulación y centro, podrá concursar en la segunda fase (septiembre), en el supuesto que para el correspondiente cupo hubiese convocatoria. Si ocurriese lo mismo en la segunda fase quedaría a expensas de realizar matrícula en aquellas titulaciones y centros donde hayan quedado plazas vacantes.

En cualquiera de las situaciones anteriores se indicará expresamente a los solicitantes cuando están en la obligación de realizar la matricula, reserva de plaza o aportar documentación. De no realizar dicha matricula o reserva decaerán en su derecho en el proceso de preinscripción en aquellas titulaciones y centros donde exista lista de espera. Tal como se ha indicado anteriormente, la reserva de plaza podrá realizarse en las oficinas de preinscripción de las correspondientes universidades o a través de internet en la página www.juntadeandalucia.es/educacioyciencia

Es MUY IMPORTANTE saber que:
Si un solicitante es reasignado, a una nueva plaza de mayor preferencia que la anterior, automáticamente decaerá en su derecho sobre la anterior asignación, en el caso de que en ella exista lista de espera, que será adjudicada al siguiente aspirante que le corresponda.

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CÓMO SE PUEDE RECLAMAR AL DETECTAR ALGÚN ERROR U OMISIÓN EN LAS LISTAS DE ADJUDICACIÓN
 
En todas las oficinas de preinscripción existirán los correspondientes impresos para formular la reclamación que estime oportuna en un plazo no superior a tres días después de la publicación de cada una de las listas de adjudicación. Para poder presentar dicha reclamación es imprescindible acompañar la copia impresa de la solicitud y/o de la reserva en poder del interesado, bien por no haberla obtenido a través de la oficina de preinscripción o a través de internet. Esta reclamación será dirigida al Presidente de la Comisión del Distrito Único de Andalucía. En las siguientes listas de adjudicación deberá estar reflejada la correspondiente resolución teniendo en cuenta que el silencio administrativo se entiende como desestimatorio.


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