Acceso a la Universidad / Reconocimiento de Estudios
Traslado de Expediente

Introducción
Solicitudes de traslados
Resolución y recursos
Criterios de admisión de traslados
Efectos
Solicitud de plaza para continuar estudios


INTRODUCCIÓN
  Quienes hubiesen iniciado estudios en una titulación en Universidad diferente a la Pablo de Olavide, podrán por causa justificada, solicitar el traslado de expediente académico para continuarlos en esta Universidad, siempre que reúnan los requisitos establecidos en el R.D. 69/2000, de 21 de enero:
  1. Haber superado el primer curso completo de dichos estudios, en el caso de enseñanzas no renovados o 60 créditos en el caso de enseñanzas renovadas, entendiendo por crédito la unidad de valoración de las enseñanzas conforme a las previsiones del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, modificado por los Reales Decretos 1267/1994, de 10 de junio, 2347/1996, de 8 de noviembre; 614/1997, de 25 de abril, y 779/1998, de 30 de abril.
  2. No haber agotado las convocatorias establecidas en las normas de permanencia que sean aplicables.

El plazo para solicitar el traslado de expediente académico para continuar estudios en Centros de la Universidad Pablo de Olavide por alumnos procedentes de otras Universidades, será del 1 al 31 de Julio, excepto para aquellos alumnos que no cumplan con el punto 1.a) anterior, en cuyo caso el plazo coincidirá con el de preinscripción.

Los alumnos que hayan superado las pruebas para mayores de 25 años, para poder trasladarse deberán aprobar, al menos todo el primer curso en el Centro para el que superaron las Pruebas en caso de enseñanzas no renovadas o 60 créditos en caso de enseñanzas renovadas.

Si la Universidad en la que se ha superado el acceso no tuviera establecido el régimen de enseñanza libre para los estudios elegidos, estos alumnos tendrán, en todo momento, derecho a obtener el traslado, bien a otra Universidad que tenga el citado régimen de enseñanza para dichos estudios, bien a la UNED (O. de 7 de Abril de 1982, B.O.E. de 19 de Abril).

Subir

SOLICITUDES DE TRASLADOS
 

Las solicitudes de traslado de expediente se presentarán en el Registro de la Universidad, acompañando certificación académica de los estudios realizados en la que habrá de constar expresamente el número de convocatorias agotadas en cada una de las asignaturas. Dicha certificación podrá ser sustituida inicialmente por una declaración jurada del interesado sobre tales extremos.

Subir

RESOLUCIÓN Y RECURSOS
 

Las solicitudes serán resueltas por los Decanos o Directores de los Centros y contra sus acuerdos podrá interponerse Recurso de alzada en el plazo de un mes, ante el Sr. Rector Magfco., mediante escrito razonado acompañado de copia de la resolución denegatoria y con aportación de cuantos medios de prueba estime oportunos.

Subir

CRITERIOS DE ADMISIÓN DE TRASLADOS
 

Las solicitudes de plazas de alumnos procedentes de otras Universidades para continuar estudios que reúnan los requisitos establecidos en el R.D. 69/2000, de 21 de enero, serán resueltas favorablemente, cuando se acredite un cambio de residencia conforme a lo siguiente:

a) Traslado laboral del solicitante o del cabeza de familia, encontrándose dado de alta en la Seguridad Social por contrato de trabajo con anterioridad al 31 de marzo del año en curso y continuando de alta de manera ininterrumpida en el momento en que debiera formalizar la matrícula en el Centro asignado.
b) Cuando se encuentre prestando el solicitante Servicio Militar Obligatorio o la Prestación Social sustitutoria.
c) Traslado del solicitante o del cabeza de familia, si se trata de personal al Servicio de la Administración Pública.
d) Cuando en el curso para el que se solicita el traslado se tenga uno o más hermanos cursando estudios en la Universidad, previa justificación del parentesco a través del libro de familia y la matrícula de aquéllos, mediante el reguardo del abono del importe de la misma (este último documento deberá presentarlo antes del 31 de Octubre).
e) Aquellos otros supuestos que se consideren debidamente justificados.

Subir

EFECTOS
 

1. La aceptación del traslado implica el cómputo de las convocatorias agotadas en el Centro de procedencia. Quienes hubiesen agotado más de cuatro, tendrán derecho, en cualquier caso, a dos convocatorias.

2. A los alumnos admitidos se les facilitará comunicación de su admisión, tras lo cual deberán abonar los precios por traslado de expediente en la Universidad o Centro de procedencia, y la copia que por tal abono le sea expedida, habrá de acompañarla a la solicitud de matrícula.

3. Quienes obtuviesen el traslado y estuviesen ya matriculados en la Universidad de procedencia, habrán de abonar los Precios de matrícula en la Universidad Pablo de Olavide.

Subir

‹‹ VOLVER