Propiedad intelectual y derechos de autor

Copyright, licencias, protección de las obras...

La propiedad intelectual es el conjunto de derechos que corresponden a las personas autoras y a otros titulares (artistas, productores, organismos de radiodifusión...) respecto de las obras y prestaciones fruto de su creación.

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Es importante señalar que no es necesario realizar ningún trámite administrativo para reivindicar la autoría de una obra. Tal y como se establece el Art. 6 de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI: texto consolidado) y Ley 21/2014, de 4 de noviembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil:

Artículo 6. Presunción de autoría, obras anónimas o seudónimas.
  • Se presumirá autor, salvo prueba en contrario, a quien aparezca como tal en la obra, mediante su nombre, firma o signo que lo identifique.
  • Cuando la obra se divulgue en forma anónima o bajo seudónimo o signo, el ejercicio de los derechos de propiedad intelectual corresponderá a la persona natural o jurídica que la saque a la luz con el consentimiento del autor, mientras éste no revele su identidad.

 

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Actualizado: 23/07/2024