Los comicios se celebrarán por sufragio universal con voto ponderado
Las elecciones rectorales de la Universidad Pablo de Olavide se celebrarán el próximo 19 de mayo
La Comisión Electoral aprueba el calendario electoral
DUPO - 25/03/11
El secretario general de la Universidad Pablo de Olavide, Francisco Oliva, por orden del rector Juan Jiménez ha convocado hoy viernes las elecciones rectorales, que se celebrarán el próximo 19 de mayo, en primera vuelta, según ha aprobado la Comisión Electoral que se ha reunido esta mañana tras la convocatoria oficial de elecciones.
Las elecciones rectorales de la Universidad Pablo de Olavide se celebrarán por sufragio universal, con la participación de todos los sectores que integran la comunidad universitaria. Por ello, la Comisión Electoral ha dado luz verde a los criterios de ponderación que establecen el voto por sectores de acuerdo a los siguientes porcentajes, según recoge la Normativa de Adaptación Provisional de la UPO a la LOMLOU, Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades:
-Sector A, integrado por profesores doctores con vinculación permanente a la Universidad 56%
-Sector B, integrado por el resto del personal docente e investigador 8%
-Sector C, integrado por los estudiantes 24%
-Sector D, integrado por el personal de administración y servicios 12%
En lo relativo a los Sectores de la Comunidad Universitaria, en el Sector A ejercerán el derecho de voto los profesores doctores pertenecientes a los cuerpos docentes universitarios: catedráticos de Universidad, catedráticos de Escuela Universitaria doctores, titulares de Universidad, titulares de Escuela Universitaria doctores, profesores colaboradores doctores y profesores contratados doctores.
En el Sector B ejercerán el derecho de voto las demás personas que integran el personal docente e investigador de la Universidad: catedráticos de Escuela Universitaria sin titulación de doctor, titulares de Escuela Universitaria sin titulación de doctor, profesores asociados, ayudantes, y ayudantes doctores, profesores colaboradores no doctores, profesores eméritos, profesores visitantes, contratados Ramón y Cajal, y becarios de investigación del Estado, de la Junta de Andalucía y de los programas propios de la Universidad Pablo de Olavide, siempre que lo sean, en cualquiera de los tres casos, en virtud de convocatorias oficiales y públicas.
En el sector C ejercerán el derecho de voto los estudiantes de la Universidad de Pablo de Olavide pertenecientes a enseñanzas regladas de grado y primer y segundo ciclo, así como a estudios de postgrado oficiales. También ejercerán aquí el derecho de voto los demás becarios no incluidos en el Sector B, en cuanto sean estudiantes de postgrados oficiales.
En el Sector D ejercerán su derecho de voto el personal de administración y servicios, ya sean funcionarios administrativos o contratados laborales.
El Reglamento de Elecciones a Rector establece también que podrá presentar su candidatura a rector, tal y como establece la LOU, cualquier catedrático de Universidad de la Olavide.
En este Reglamento se recoge además que la campaña electoral tendrá una duración de siete días hábiles y deberá terminar 24 horas antes del día de las elecciones.
En las elecciones rectorales de la UPO se admitirá el voto anticipado. Dentro de las 24 horas siguientes al cierre de las urnas, la Comisión Electoral proclamará provisionalmente al rector electo. Si ningún candidato consigue el apoyo proporcional de más de la mitad de los votos válidamente emitidos a candidaturas, se procederá a una segunda votación a la que sólo podrán concurrir los dos candidatos más apoyados en la primera votación. En la segunda vuelta, si ésta fuera necesaria, será proclamado rector el candidato que obtenga el apoyo de más de la mitad de los votos válidamente emitidos a candidaturas.
Finalmente, el Calendario de Elecciones a Rector aprobado hoy por la Comisión Electoral es el siguiente:
25 marzo |
Convocatoria de Elecciones y publicación del Calendario Electoral |
30 marzo-5 abril |
Reclamaciones a los Censos Provisionales |
8 abril |
Censo definitivo |
11 abril |
Presentación de candidaturas |
14 abril |
Publicación de Candidaturas Provisionales |
15, 25 y 26 abril |
Reclamaciones a las Candidaturas Provisionales |
28 abril |
Publicación de las Candidaturas Definitivas |
29 abril |
Comienzo Campaña Electoral y Apertura del Plazo para el Voto Anticipado |
9, 10, 11, 12, 16 y 17 mayo |
Campaña Electoral |
18 mayo |
Jornada de Reflexión y último día voto anticipado |
19 mayo |
Votación Primera Vuelta |
2 junio |
Votación Segunda Vuelta, en su caso |
SI NO HAY SEGUNDA VUELTA: |
|
20 mayo |
Proclamación de la Candidatura Electa Provisional |
23-24 mayo |
Reclamaciones a la Candidatura Electa Provisional |
26 mayo |
Proclamación Definitiva de la Candidatura Electa |
SI HAY SEGUNDA VUELTA: |
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3 junio |
Proclamación de la Candidatura Electa Provisional |
6 y 7 junio |
Reclamaciones a la Candidatura Electa Provisional |
9 junio |
Proclamación Definitiva de la Candidatura Electa |