Clínicas jurídicas, m´étodo clínico y los conflicotos susceptibles de recibir tratamiento clínico

Autores/as

  • Raúl Sánchez Gómez Universidad Pablo de Olavide, Sevilla, España

DOI:

https://doi.org/10.46661/revintpensampolit.4833

Palabras clave:

Clínica jurídica, Educación jurídica clínica, Metodología, Conflicto armado

Resumen

El modelo de educación clínica estadounidense no resulta exportable, en su integridad al modelo español, vistas las diferencias metodológicas
y funcionales que ambos sistemas jurídicos plantean, en sede universitaria y profesional. La conceptualización de las clínicas jurídicas españolas se anuda, razonablemente, a su funcionalidad. Como punto de partida, se disponen los primeros parámetros que deben informar la educación jurídica clínica. Con un función social desarrollada, la función pedagógica debe apostar por el diseño de un modelo propio de las ciencias jurídicas. No obstante, la interconexión entre ambas funciones, aun no se encuentra firmemente definida. El tratamiento clínico del conflicto jurídico debe también servirse de la perspectiva que aporta el Derecho Procesal.

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Publicado

2020-04-21

Cómo citar

Sánchez Gómez, R. (2020). Clínicas jurídicas, m´étodo clínico y los conflicotos susceptibles de recibir tratamiento clínico. Revista Internacional De Pensamiento Político, 14, 499–513. https://doi.org/10.46661/revintpensampolit.4833

Número

Sección

Estudios Varios