Premios de Jubilación

 

El personal funcionario de Administración y Servicios y el personal docente de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, a excepción del personal contratado a tiempo parcial, cuando tenga otra actividad retribuida fuera de la universidad tendrá derecho a percibir, con motivo de su jubilación, y con el límite fijado en el párrafo fijado en los presupuestos de la Universidad Pablo de Olavide, un premio por importe equivalente al íntegro de una mensualidad por cada período de cinco años o fracción del mismo, de servicios efectivamente prestados en la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, tomando como referencia a efectos del cálculo la última mensualidad a percibir en servicio activo.

En lo que respecta al Personal Docente el premio de jubilación se concederá con independencia de la posible posterior contratación como Profesor Emérito del interesado.

Al personal laboral de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla se le concederá el premio de jubilación conforme a lo estipulado en el artículo 66.8 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

Trámites:

Estas ayudas se solicitarán a través de Registro mediante una instacia.

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