- El Vicedecanato de prácticas designará personas que tutoricen académicamente las prácticas, de entre el profesorado seleccionado para ello por los Departamentos con docencia en la Facultad, que tendrán como función labores de orientación, supervisión del plan de trabajo, evaluación, conocimiento y tramitación de quejas.
- La persona encargada de la tutorización académica deberá hacer un seguimiento efectivo de las prácticas coordinándose para ello con quien tutorice profesionalmente.
- La persona tutora académica, en coordinación con la persona tutora profesional, deberá autorizar las modificaciones que se produzcan en el proyecto formativo.
- Si durante el desarrollo las prácticas cambiasen las condiciones de las mismas (horario, tareas,…), quien tutorice académicamente deberá comunicarlo a la Fundación.
- Con al menos una semana de antelación a la finalización de la práctica, la persona que desempeña la tutorización académica deberá enviar a quien ejerce la tutorización profesional el modelo de informe final de la entidad colaboradora que deberá cumplimentar, con el que poder establecer la calificación final del alumnado, según la presente normativa.
- La persona tutora académica completará el proceso evaluador de las prácticas del alumnado tutelado, de acuerdo con lo especificado en el Artículo 13 del Reglamento que regula las prácticas externas de la Facultad de Ciencias Empresariales. Las calificaciones de estudiantes deberán ser remitidas al Vicedecanato de prácticas cuando este las solicite. El Vicedecanato de prácticas será el encargado de cumplimentar las actas académicas oficiales.