Ayudas a proyectos de colaboración público-privada, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023 (PEICTI 2021-2023).

Se ha publicadado la Orden por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada, correspondiente al año 2023, de ayudas a proyectos de colaboración público-privada, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023 (PEICTI 2021-2023). Pueden acceder a ella en el siguiente enlace.

 

> CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS

  • Presupuesto: El presupuesto mínimo del proyecto será de 400k euros. Asimismo, el presupuesto máximo será de 15M de euros.
  • Duración: Los proyectos tendrán una duración de tres años. La fecha de inicio deberá ser posterior a la fecha de finalización de presentación de solicitudes y estar comprendida a lo largo del año 2024.

Participación:

  • El representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto deberá ser una empresa.
  • El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatorio que una de las entidades participantes sea un organismo de investigación público o privado.
  • La participación mínima por entidad será del 10% del presupuesto total del proyecto.
  • La suma de los % de participación empresarial (empresas + asociaciones empresariales sectoriales) deberá constituir un mínimo de 51% del presupuesto, sin que ninguna entidad corra con más del 70% del presupuesto del proyecto.
  • Los organismos de investigación tendrán derecho a publicar los resultados derivados directamente de la investigación realizada por ellos.

Actividad: Los proyectos no podrán implicar actividades que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente.

> GASTOS SUBVENCIONABLES

Costes directos, que incluyen entre otros los siguientes costes:

  • Costes de personal (gastos derivados de la contratación de personal dedicado al proyecto).
  • Costes de adquisición, alquiler, arrendamiento financiero («leasing»), mantenimiento, reparación y amortización de activos materiales.
  • Gasto derivado del informe realizado por un auditor de cuentas.
  • Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares.
  • Costes de patentes generadas por el proyecto (excepto para grandes empresas).
  • Costes de consultoría de gestión y justificación del proyecto.
  • Contratos y asistencias técnicas.
  • Subcontratación de actividades del proyecto (no podrá ser >50% presupuesto del beneficiario).
  • Viajes. Se financiarán los costes de viajes estrictamente necesarios para la realización del proyecto. Únicamente se admitirán viajes referidos a las personas imputadas en el apartado de costes de personal y siempre que aparezcan nominativamente identificadas en la justificación o en la solicitud de ayuda.

Costes indirectos: Se calcularán como un porcentaje fijo del 25 % sobre los gastos directos del proyecto válidamente justificados, sin necesidad de aportar justificantes.

> MODALIDAD DE FINANCIACIÓN

Las universidades recibirán las ayudas en la modalidad de subvención, anticipo reembolsable FEDER o una combinación de ambas.

> PLAZO DE SOLICITUD

Desde el 30/01/2024 hasta el 20/02/2024 a las 14:00h.

Para cualquier consulta relacionada contactar con la OTRI: otri@upo.es . Tel.: +34 682 412 274 (ext. 2274).