El Síndic de Greuges y la garantía de los derechos estatutarios
Palabras clave:
Sindic de Greuges, derechos estatutariosResumen
El trabajo trata del Síndic de Greuges. Está configurado por el Estatuto de Autonomía de Cataluña como una institución de protección y defensa de los derechos y las libertades que reconocen la Constitución y el Estatuto de Autonomía. Con esa finalidad de protección y defensa de derechos supervisa la actividad de la Administración de la Generalitat, la de los organismos públicos o privados vinculados o que dependen de ella, la de las empresas privadas que gestionan servicios públicos y o realizan actividades de interés general o universal o actividades equivalentes de manera concertada o indirecta y la de las restantes personas con un vínculo contractual con la Administración de la Generalitat y con las entidades públicas que dependan de ella. También supervisa la actividad de la Administración local de Cataluña y la de organismos públicos o privados vinculados o que dependan de ella.
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Derechos de autor 2014 Lex Social: Revista de Derechos Sociales
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