Anulación de Matrícula

Requisitos técnicos

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Anulación de matrícula estudiante NUEVO INGRESO POR PREINSCRIPCIÓN que haya obtenido plaza en otra titulación de Grado en Universidad Española o en otra titulación de Grado en UPO

Si te has matriculado como estudiante de nuevo ingreso por preinscripción y posteriormente obtienes plaza en otra titulación, debes presentar la solicitud de anulación dentro del plazo de tu adjudicación o dentro del plazo de nuevo ingreso.

En el formulario deberás seleccionar el motivo de anulación:

  • Alumnado de nuevo ingreso que obtiene plaza por preinscripción en otra Universidad española (Imprescindible aportar justificante de la matrícula en otra Universidad española).
     
  • Alumnado de nuevo ingreso que obtiene plaza por preinscripción en otra titulación de Grado de la UPO.

En este caso, considerando que la anulación es imputable al procedimiento de adjudicación de plazas, procede la devolución de precios públicos tanto por servicios académicos como administrativos, incluido el seguro escolar.

Anulación de matrícula. Otros supuestos

En otros supuestos de anulación de matrícula a petición del alumno o alumna, los efectos académicos y económicos dependerán de la fecha en que se haya presentado la solicitud: artículo 13 de la Normativa de Matrícula Oficial de Grado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Supuestos de anulación:

  • Presenta solicitud antes del inicio de las clases o dentro de los 10 días hábiles siguientes a la validación de la matrícula.
     
  • Presenta solicitud en un plazo posterior a los señalados anteriormente, pero antes del 31 de enero.
     
  • Presenta solicitud por Enfermedad grave del alumno o alumna o de un familiar dependiente del alumno o alumna, justificada mediante certificación médica oficial y documentación que acredite la dependencia, en su caso, antes del 15 de mayo del curso académico y en los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se produce la circunstancia.
     
  • Presenta solicitud por Obtención de trabajo por parte del alumno o alumna o traslado de trabajo fuera de la provincia de Sevilla del estudiante o de quien dependa económicamente, justificada mediante contrato de trabajo oficial, antes del 15 de mayo del curso académico y en los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se produce la circunstancia.

Plazos para solicitar anulación de matrícula

  • Las solicitudes de anulación de matrícula se presentarán hasta el 31 de enero del curso académico.
     
  • En aquellos casos que se acrediten circunstancias de fuerza mayor, este plazo es antes del 15 de mayo del curso académico.

Cómo solicitar anulación de matrícula

La solicitud se tramitará dentro de los plazos establecidos, a través de un Formulario habilitado en Acceso Personalizado - Aplicaciones - Solicitud anulación de matrícula, al que podrás acceder mediante tu usuario y contraseña.

En el formulario deberás seleccionar el motivo de anulación en el desplegable:

  • Alumnado de nuevo ingreso que obtiene plaza por preinscripción en otra Universidad española (Imprescindible aportar justificante de la matrícula en otra Universidad española).
  • Alumnado de nuevo ingreso que obtiene plaza por preinscripción en otra titulación de Grado de la UPO.
     
  • Presenta solicitud antes del inicio de las clases o dentro de los 10 días hábiles siguientes a la validación de la matrícula.
     
  • Presenta solicitud en un plazo posterior a los señalados anteriormente, pero antes del 31 de enero.
     
  • Presenta solicitud por Enfermedad grave del alumno o alumna o de un familiar dependiente del alumno o alumna, justificada mediante certificación médica oficial y documentación que acredite la dependencia, en su caso, antes del 15 de mayo del curso académico y en los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se produce la circunstancia.
     
  • Presenta solicitud por Obtención de trabajo por parte del alumno o alumna o traslado de trabajo fuera de la provincia de Sevilla del estudiante o de quien dependa económicamente, justificada mediante contrato de trabajo oficial, antes del 15 de mayo del curso académico y en los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se produce la circunstancia.

Efectos académicos y económicos de la anulación de matrícula

Los efectos de la anulación de matrícula figuran en el artículo 13 de la Normativa de Matrícula Oficial de Grado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Artículo 13. Efectos de la anulación de matrícula

1. Si un alumno o alumna de nuevo ingreso ha obtenido plaza a través del procedimiento de preinscripción en otra titulación de Grado de la Universidad o de otra universidad española, podrá solicitar anulación y la matrícula anulada no tendrá efecto académico ni económico. En este caso, considerando que la anulación es imputable al procedimiento de adjudicación de plazas, procede la devolución de precios públicos tanto por servicios académicos como administrativos, incluido el seguro escolar.

2. En otros supuestos de anulación de matrícula a petición del alumno o alumna, los efectos dependerán de la fecha en que se haya presentado la solicitud:

Si la solicitud de anulación se presenta antes del inicio de las clases del Grado correspondiente o dentro de los diez días hábiles siguientes a la validación de la matrícula:

• Se devolverá el importe abonado de los precios públicos por servicios académicos, pero no se devolverán los precios por servicios administrativos.

• No se computará la matrícula a efectos de convocatorias de examen ni de permanencia del alumno o alumna ni se contabilizará para futuras matrículas a efectos de aplicación de recargo.

3. En los supuestos de resolución favorable de las solicitudes de anulación presentadas por el alumno o alumna al amparo del artículo 12.5 los efectos dependerán de la fecha en la que se haya presentado la solicitud:

a) Si la solicitud de anulación se presenta antes del 31 de diciembre:

• Se devolverá el importe abonado de los precios públicos por servicios académicos, pero no se devolverán los precios por servicios administrativos.

• No se computará la matrícula a efectos de convocatorias de examen ni de permanencia del alumno o alumna ni se contabilizará para futuras matrículas a efectos de aplicación de recargo.

b) Si la solicitud de anulación es posterior al 31 de diciembre:

• No procederá la devolución de los precios públicos ingresados, ni se eximirá de la obligación de satisfacer las cantidades aplazadas y no abonadas.

• No se computará la matrícula realizada a efectos de convocatorias de examen ni de permanencia del alumno o alumna ni se contabilizará para futuras matrículas a efectos de aplicación de recargo.

4. Si el alumno o alumna es de nuevo ingreso y accedió por preinscripción, perderá los derechos sobre la plaza adjudicada de acuerdo con el artículo 12, apartado 3.

5. La anulación de matrícula conllevará la perdida de la beca concedida debiendo proceder la persona beneficiaria a su devolución. 

Normativa

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