Comisión de Servicios

Comisión de Servicios

Enlace procedimiento electrónico Comisión de Servicios PDI: Pinche aquí

Enlace procedimiento electrónico Comisión de Servicios Personal Investigador (PI): Pinche aquí

Enlace procedimiento electrónico Comisión de Servicios PTGAS: Pinche aquí

En este procedimiento para los centros de coste de investigación hay que elegir como "Unidad que tramita la liquidación económica":  GRUPO GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN

Se pueden consultar los siguientes vídeos tutoriales, en los que se detalla paso a paso cómo realizar la solicitud en función del colectivo y del tipo de comisión:

 

Preste especial atención al formalizar la solicitud de Comisión de Servicios:

- La solicitud deberá presentarse, en todo caso, con carácter previo a la realización de la Comisión de Servicios correspondiente. El procedimiento electrónico de Comisión de Servicios no permite la tramitación de solicitudes cuya fecha de presentación sea igual o posterior a la efectiva realización de la salida, ya que es necesario tener la autorización previamente al desplazamiento.

- Se reembolsarán únicamente los gastos autorizados por la persona responsable del centro de coste, según lo indicado y firmado en la solicitud.

- Toda actividad que se realice fuera de la Universidad requiere autorización de Comisión de Servicio, liquide o no liquide gastos. La única excepción son las Licencias a Efectos de Docencia e Investigación del Personal Docente para realizar actividades investigadoras o docentes vinculadas a una universidad, institución o centro (nacional o extranjero), con una duración mínima de 15 días, que tienen su propio procedimiento electrónico en la sede Acceda aquí.

- Recuerde que la documentación necesaria para la liquidación de la Comisión de Servicios la puede consultar en el apartado 7 de la Guía para la gestión de proyectos de investigación (páginas de la 18 a la 20) Acceda aquí . Asimismo, la indemnización por razón del servicio que le corresponda, según el organimo financiador, la puede consultar en la parte inferior de esta página.

- Si requiere anticipo de caja, debe solicitarlo con al menos 15 días hábiles de antelación a la fecha prevista para el viaje. Puede consultar la documentación necesaria en el apartado 6 de la Guía para la gestión de proyectos de investigación (páginas de la 17 a la 18). Acceda aquí

- Si tuviera alguna duda puede consultarla a través de TIKA: https://www.upo.es/tika/web/index.php 

  • Autorización: Área de Investigación cola "Recursos Humanos (contratación y gestión)"
  • Liquidación: Área de Investigación cola "Liquidación de comisiones de servicios"
  • Anticipos de caja: Área de Investigación cola "Anticipos de caja"

 

Son comisiones de servicio con derecho a indemnización los cometidos especiales que se deban desempeñar fuera del término municipal donde radique su residencia oficial, entendiéndose como tal el término municipal correspondiente a la oficina o dependencia en que se desarrollen las actividades del puesto de trabajo habitual, salvo que, de forma expresa y según la legislación vigente, se haya autorizado la residencia del personal en término municipal distinto al correspondiente a dicho puesto de trabajo y se haga constar en la orden o pasaporte en que se designe la comisión tal circunstancia. (Artículo 3.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio)

Son comisiones de servicios los cometidos que circunstancialmente se deban desempeñar fuera del lugar en el que presta ordinariamente su actividad. (Artículo 4.1 del Decreto 54/1989, de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio).

Dependiendo del organismo financiador de la convocatoria del proyecto la liquidación de la Comisión de Servicio será distinta:

            Los proyectos/ayudas:

    • De la AEI englobados en el Programa Agiliza
    • Del VI Plan Propio de Investigación
    • Proyectos europeos
    • Ayudas a los grupos de investigación
    • A los contratos 60 LOSU y otras ayudas de las que no haya que rendir justificación económica

           Se acogen al programa Agiliza de la AEI, los proyectos concedidos por la misma de las siguientes convocatorias:

    • Ayudas Ramón y Cajal (RYC) de la convocatoria 2023
    • Ayudas Juan de la Cierva (JDC) de la convocatoria 2023
    • Proyectos de Generación del Conocimiento (PGC/PID) de las convocatorias 2022, 2023, 2024 y 2025
    • Proyectos de Líneas Estratégicas de Colaboración (PLEC) de la convocatoria 2023
    • Proyectos en colaboración Público-Privada (CPP) de la convocatoria 2023
    • Proyectos de Consolidación Investigadora (CNS) de la convocatoria 2024
    • Proyectos de Colaboración Internacional (PCI) de las convocatorias 2024 y 2025

El programa Agiliza de la AEI engloba los proyectos gestionados por la misma y regulados por  la Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, y por la Orden CNU/1459/2023, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, y aquellas actuaciones cuyas convocatorias hayan sido publicadas entre las dos versiones de la Orden de Bases.

               Pinche aquí para visualizar las instrucciones de liquidación de la Comisión de Servicios.

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