El Consejo de Dirección asiste al Rector o Rectora en el desarrollo de sus competencias. Además de los Vicerrectores y Vicerrectoras, el Secretario o Secretaria General y el Gerente o la Gerente, podrán ser convocados al mismo, a criterio del Rector o Rectora, otros cargos académicos o miembros de la comunidad universitaria.
Los Vicerrectores o Vicerrectoras son órganos de gobierno unipersonales que colaboran con el Rector o Rectora en el gobierno de la Universidad, y serán nombrados por éste de entre el profesorado doctor de la Universidad, cesando en sus funciones a petición propia o por decisión o cese del Rector o Rectora. Para el mejor desempeño de las funciones de los Vicerrectores o Vicerrectoras, el Rector o Rectora podrá nombrar Directores o Directoras Generales de entre el profesorado de la Universidad.
El Secretario o Secretaria General actuará como secretario del Consejo de Dirección.