Devolución de Precios Públicos
Devolución de precios públicos
El estudiantado que tenga derecho a devolución de precios públicos por servicios académicos, puede solicitarlo en caso que se corresponda con algunas de las situaciones establecidas en el artículo 37 de la Normativa de Matrícula Oficial de Grado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
Requisitos para solicitar devolución de precios públicos
NOTA IMPORTANTE
Antes de presentar tu solicitud de devolución de precios públicos comprueba que se ha generado el derecho correspondiente. Para ello, accede a tu "Acceso Personalizado", apartado "Consulta Matrícula" y comprueba que aparece el recibo negativo en tu expediente. En caso contrario, puedes contactar con el Área de Gestión de Matrícula a través del enlace "Resuelve tus dudas".
Para ello tu ordenador deberá tener instalado el navegador Edge, Mozilla Firefox, Google Chrome o Safari y para que la aplicación funcione correctamente los requisitos son:
- El navegador debe tener habilitado el uso de JAVAscript.
- Las cookies del navegador deben estar habilitadas, al menos para el sitio web donde se despliega la aplicación. Las únicas cookies utilizadas son de sesión y siempre son originadas por el sitio web.
- Debe estar instalado el visor de Acrobat Reader para poder visualizar los informes en formato PDF que se emiten al finalizar la matrícula (horario de clase o carta de pago).
Recuerda que la solicitud deberá ir acompañada de la documentación que acredite el derecho a la devolución. Art. 37.1 Normativa de Matrícula Oficial de Grado.
Plazo para solicitar devolución de precios públicos
La solicitud se tramitará a partir del 1 de octubre hasta el 30 de junio ambos inclusive.
Cómo solicitar devolución de precios públicos
La solicitud se tramitará telemáticamente a través de un Formulario habilitado en Acceso Personalizado del estudiante - Aplicaciones - Solicitud Devolución de Precios Públicos, al que podrás acceder mediante tu usuario y contraseña.
Normativa
La devolución de precios públicos se recoge en el artículo 37 de la Normativa de Matrícula Oficial de Grado de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla.
Artículo 37.2 Procederá la devolución de precios públicos:
a) En los supuestos establecidos en el Artículo 13.1 y 13.2.a) de la presente Normativa.
b) Cuando se obtenga, con fecha posterior al abono de la matrícula, una beca que comporte la compensación de los precios públicos. Aquí se exceptúan los precios públicos por servicios administrativos y el seguro escolar.
c) Cuando la cantidad abonada sea superior a los precios públicos en vigor, bien por tener derecho el alumno o alumna, bien como consecuencia de errores materiales o de cálculo. En dichos supuestos, el alumno o alumna tendrá derecho a la devolución del exceso abonado.
d) Cuando se hayan superado pruebas conducentes a la obtención de los créditos correspondientes antes de la finalización del periodo de prestación del servicio docente presencial (como en la convocatoria extraordinaria de noviembre o en tribunales de compensación). En este supuesto, podrá solicitarse la devolución de un 50% del importe de la matrícula correspondiente en el caso de asignaturas anuales o del primer semestre y un 70% del importe para asignaturas del segundo semestre.
Si procediera la devolución de los precios públicos efectivamente ingresados, una vez solicitada por el alumno, ésta se efectuará en la cuenta bancaria que indique en su solicitud.