Reglamento de funcionamiento de la Junta de Centro de la Escuela Politécnica Superior

La Escuela Politécnica Superior es un centro integrante de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, según se establece en el artículo 2 de la Ley del Parlamento de Andalucía 3/1997, de 1 de julio, de creación de esta Universidad. Como tal, según el artículo 8.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (modificado por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades), está encargada de “la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de títulos de grado”, facultándola a “impartir también enseñanzas conducentes a la obtención de otros títulos, así como llevar a cabo aquellas otras funciones que determine la universidad”. Igualmente el artículo 18 de la Ley Orgánica 6/2001 define cuál es el órgano de Gobierno de los Centros, estableciéndose que la Junta de Centro, presidida por el Director de la Escuela Politécnica Superior, “es el órgano de Gobierno de ésta”, debiéndose determinar en los Estatutos de la Universidad la composición y el procedimiento de elección de sus miembros, salvando que, “[e]n todo caso, la mayoría de sus miembros serán profesores con vinculación permanente a la universidad”. Por su parte, el artículo 24 de la Ley Orgánica 6/2001 establece que el Director de Escuela “ostent[a] la representación de s[u] centr[o] y ejerc[e] las funciones de dirección y gestión ordinaria de ést[e]”, siendo “elegid[o], en los términos establecidos por los estatutos, entre los profesores y profesoras con vinculación permanente a la universidad”.

Cumpliendo las prescripciones legales, los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, aprobados por Decreto 298/2003, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, con las modificaciones efectuadas por el Decreto 265/2011, de 2 de agosto, del mismo órgano, regulan los centros, entre los que se encuentra esta Escuela, y sus órganos de gobierno en los artículos 45 a 59, a lo que se añaden, como normativa complementaria, las Normas Reguladoras de los Centros de esta Universidad, aprobadas por su Consejo de Gobierno en sesión del 24 de febrero de 2004 y reformadas por acuerdo de Consejo de Gobierno en sesión del día 2 de noviembre de 2011.

El presente Reglamento viene a ordenar el funcionamiento de la Junta de Centro de la Escuela Politécnica Superior en el marco normativo referido, especialmente, en lo no regulado en este, desarrollando así la función establecida a favor de la misma en los Estatutos que, en su artículo 49 a), atribuyen a dicha Junta la competencia de elaborar su propio Reglamento, cuya aprobación corresponde al Consejo de Gobierno de la Universidad.

Ámbito: Reglamentos Facultades y Escuela

Publicación

Tipo Boletín: BUPO

Fecha Boletín:25/07/2017

Número del Boletín:4/2017

Órgano Emisor:Consejo de Gobierno

Modificaciones/Derogación:

Normativa Provisional de Constitución de la Junta de Centro de la Escuela Politécnica Superior:
BUPO nº 21 - Pág. 31: www.upo.es/bupo/doc/2008/bupo_n0021.pdf#page=31

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