Instrucción II/2015 de la Secretaría General sobre los criterios de coordinación de la actividad convencional de la UPO

Los presentes criterios de coordinación de la actividad convencional de la Universidad Pablo de Olavide tienen como objeto determinar las reglas que han de seguirse para la tramitación, formalización y registro de los convenios administrativos que celebre la Universidad Pablo de Olavide con cualquier otra persona pública o privada, de acuerdo con los fines que le son propios, cuya dimensión normativa y ejecutiva viene marcada por la Ley Orgánica de Universidades y por sus Estatutos.

Ámbito: Secretaría General: Instrucciones

Publicación

Tipo Boletín: BUPO

Fecha Boletín:11/06/2015

Número del Boletín:6/2015

Órgano Emisor:Secretaría General

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