Los Estudios de Doctorado se identifican claramente como estudios de tercer ciclo, continuación de los estudios de máster considerados de segundo ciclo, y de los de grado, de primer ciclo. Su finalidad es la formación avanzada de quienes investigan en competencias y habilidades que les permitan, entre otros, alcanzar la autonomía necesaria para liderar sus propias investigaciones . La realización y defensa de la Tesis doctoral, como trabajo original de investigación, debe habilitarles para ello. Las doctorandas/os son por tanto consideradas/os tanto estudiantes de tercer ciclo como investigadoras/es en formación.
El Doctorado debe reforzar y servir de puente en la interacción entre el Espacio Europeo de Educación Superior (en adelante EEES) y el Espacio Europeo de Investigación (en adelante EEI), y promover la internacionalización y movilidad de estudiantes y del Personal Docente e Investigador (PDI), así como la interacción entre universidades, centros de investigación e innovación públicos y privados, y la sociedad en general.
La presente normativa, fundamentada en el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero y sus modificaciones posteriores mediante los Reales Decretos 534/2013, de 12 de julio, 43/2015, de 2 de febrero y 195/2016, de 13 de mayo, y en el resto de normativa vigente, recoge estos principios generales, asegurando el desarrollo de programas y escuelas de doctorado vinculadas a líneas y equipos de investigación solventes, en el marco de los objetivos estratégicos de la Universidad Pablo de Olavide.
Dados los cambios normativos y regulatorios de los últimos años, se hace necesaria la modificación sustancial de esta normativa de Estudios de Doctorado de la Universidad Pablo de Olavide.
Ámbito: Postgrado
Publicación
Tipo Boletín: BUPO
Fecha Boletín:02/05/2019
Número del Boletín:3/2019
Órgano Emisor:Consejo de Gobierno
MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LA NORMATIVA DE ESTUDIOS OFICIALES DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE. ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2012, DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE, DE SEVILLA, BUPO 15/2012, DE 29/11/2012
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