Competencias y Funciones

Gerencia

Sin perjuicio de las facultades que se le asignan en el artículo 23 de la Ley Orgánica de Universidades y el artículo 44 de los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, se encomienda y delega en la persona que asuma la Gerencia las siguientes funciones y las competencias:

En materia de contratación pública:
Los actos administrativos relativos a la tramitación de contratos administrativos. La delegación no se extenderá a la aprobación del expediente de contratación, a la publicación en boletines oficiales, a la adjudicación, y a la formalización del contrato, manteniéndose para el resto de actos de tramitación.

En materia económico-financiera y presupuestaria:

  • La elaboración del proyecto de presupuesto anual.
  • La elaboración de la memoria económica y la formulación de las cuentas anuales exigidas en la legislación vigente.
  • El Fondo Social.
  • La aprobación de gastos, la autorización de su compromiso y liquidación, así como el reconocimiento de obligaciones y la ordenación de los pagos del Presupuesto, de acuerdo con lo establecido en las bases de ejecución del mismo.
  • Las devoluciones de garantías, depósitos, fianzas y avales de todas las clases, tanto provisionales como definitivas.
  • La elaboración de planes de financiación.
  • La representación, en el ámbito fiscal y tributario, ante las diferentes Administraciones cuando la Universidad Pablo de Olavide ostente la condición de sujeto obligado.

En materia de personal técnico de gestión de administración y servicios (PTGAS):

  • La jefatura de personal técnico de gestión de administración y servicios de la Universidad Pablo de Olavide, de conformidad con lo dispuesto en la letra d) del art. 44 de los Estatutos, así como cuantas funciones vengan atribuidas al Rector en materia de personal técnico de gestión de administración y servicios, excluidas expresamente el nombramiento y cese de personal funcionario y el régimen disciplinario. En particular sus funciones abarcan:
    - La ejecución, control y coordinación de la política aprobada por los órganos de gobierno sobre el personal técnico de gestión de administración y servicios, ya fuere funcionario o laboral.
    - El establecimiento de las directrices conforme a las cuales ejercerán sus competencias en materia de personal los distintos órganos y servicios de la Universidad Pablo de Olavide.
    - El establecimiento de los criterios para la organización y coordinación en materia de personal, así como la emisión de las instrucciones sobre política de personal.
    - La preparación de la oferta de empleo público, así como los actos derivados de la misma.
    - La proposición de las convocatorias de las pruebas de personal laboral fijo y funcionarios de carrera, así como la propuesta de designación de los miembros de las comisiones de selección y evaluación de PTGAS (funcionario y personal laboral).
    - Las convocatorias de concursos y sus resoluciones.
    - Los actos de ejecución de los convenios colectivos o similares y otros pactos legalmente formalizados.
    - La propuesta de la estructura de puestos de trabajo.
    - La autorización a la asistencia a cursos de selección, formación y perfeccionamiento.
    - El reconocimiento de situaciones administrativas, así como el reconocimiento de la antigüedad a efectos de cómputo de trienios.
    - La concesión de permisos y licencias.
    - Todos los actos derivados de la gestión y tramitación de los procedimientos de jubilación salvo las certificaciones que correspondan.
    - La tramitación de los procedimientos seguidos ante la Seguridad Social, así como las reclamaciones previas a la vía judicial.
    - Propuesta e informe acerca de la autorización y/o reconocimiento de la compatibilidad del personal técnico de gestión de administración y servicios, previamente a su resolución por el Rector.
    - Autorización y/o suscripción de los contratos de personal laboral contratado con carácter temporal, así como el nombramiento de interinos en el caso que proceda.
    - Las acciones y procesos derivados de la política de formación del PTGAS.
    - La designación de representantes de la Administración universitaria, en lo que hace al personal de gestión de administración y servicios, en las distintas comisiones de negociación colectiva.
    - La negociación directa y/o determinación de las instrucciones a que se deberán atener los representantes de la Universidad cuando proceda la negociación colectiva con la representación de los trabajadores, ya sean laborales o funcionarios.
    - La coordinación de la prevención de riesgos de la Universidad Pablo de Olavide, de los servicios asistenciales de salud laboral y de mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como la presidencia del Comité de Seguridad y Salud Laboral.
    - Todos aquellos actos de administración y de gestión ordinaria del personal técnico de gestión de administración y servicios, que no figuren atribuidos a otros órganos universitarios.

En materia de patrimonio de la Universidad se delega la tramitación y los actos relativos a su gestión administrativa.

En materia de calidad, se delega la gestión de los sistemas de garantía interna de calidad de los servicios administrativos.

 

BOJA número 113, de 12 de junio de 2024:

Resolución de 6 de junio de 2024, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se determina la estructura del Consejo de Dirección y Delegaciones del Rector, y se delega el ejercicio de competencias.

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