Del laboratorio al mercado (5): Windows-contracts y Cátedras
Por: Amalio A. Rey
Ya queda menos. Hoy te presentamos el quinto post de nuestro seriado “del laboratorio al mercado”, en el que estamos haciendo un viaje por las distintas modalidades de transferencia de tecnología y de conocimiento que existen entre el mundo científico-académico y el tejido empresarial.
En el primer post hablamos de los “Contratos de I+D por encargo”, en el segundo sobre los “Contratos de Licencia” y “de Know-how”, el tercero estuvo dedicado a los “Servicios de asesoría o consultoría científico-tecnológica”, y el cuarto a los llamados “Servicios Tecnológicos”.
Esta vez vamos a explicar dos modalidades menos conocidas pero que se usan cada vez con más frecuencia. Tienen en común la ventaja de que propician un marco de colaboración más estable y flexible que las anteriores, porque en lugar de fijar la atención en solucionar un problema o tecnología puntual, lo que hacen es financiar un “espacio común de trabajo” que permita desarrollar muchas proyectos dentro de una determinada área.
Me estoy refiriendo a los llamados “Windows-contracts”, y a las “Cátedras” de investigación, dos modalidades que trataré por separado a continuación:
“Windows contracts” o “Contratos-Marco”
Los Contratos-Marco consisten en acuerdos mediante los cuales varias empresas co-financian un laboratorio de investigación a cambio de tener un acceso libre y exclusivo a sus resultados.
El grupo de investigación crea una especie de pool o “club” con las empresas proveedoras de fondos, a las que permite beneficiarse libremente de sus resultados, sin licencias, ni restricciones, a condición de que las empresas tampoco intervengan o pretendan dirigir el proceso de investigación.
Estos contratos suelen suscribirse para financiar investigación básica que puede ser de interés para varias empresas sin que ese acceso colectivo a los resultados condicione su competitividad al tratarse de investigación pre-competitiva.
De este modo, los grupos de investigación acceden a financiación privada para abrir nuevas líneas sin un excesivo riesgo de perder su autonomía científica; y las empresas pueden beneficiarse de una investigación de calidad a la que no tendrían acceso si tuvieran que financiarlas de forma individual.
Creación de “cátedras” o unidades de investigación con una empresa
Esta modalidad se basa en la idea, igual que la anterior, de que las empresas pueden estar interesadas en financiar un “espacio de investigación” en los centros científicos pero se diferencia en puntos importantes.
En primer lugar, estas “alianzas” suelen firmarse con una sola empresa, en lugar de con un pool. Asimismo, el objeto de la cooperación es investigación competitiva, y por tanto, implica el compromiso de acceso exclusivo a los resultados por parte de una sola empresa.
Y lo que es más importante desde el punto de vista de este seriado que estamos escribiendo: la intervención de la empresa en las decisiones clave de los proyectos de I+D que se acometen en el marco del acuerdo es mucho más activa.
Dicho de un modo más claro, la autonomía científica que gozan los grupos de investigación que firman estos contratos puede llegar a ser más limitada, si no se hacen las cosas bien. De hecho, algunos expertos se cuestionan si es legítimo que este tipo de acuerdos termine convirtiendo a un grupo público de investigación en, prácticamente, un “apéndice” de la empresa financiadora.
Mi opinión es que la creación de “cátedras empresariales” puede ser una iniciativa loable si se protegen a priori ciertos principios básicos del enfoque científico, y se acotan correctamente los recursos públicos que se ponen a disposición de la empresa privada en el marco de la acción cooperada.
Fuente: Innocash