Convocatoria de becas

Propuesta de concesión de becas

19ª edición de Cursos de Verano Olavide en Carmona

Propuesta de concesión de la Comisión de Becas de Postgrado, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se conceden becas de matrícula para los Cursos de Verano de la Universidad Pablo de Olavide, en su sede de Carmona, curso 2020/2021.

 

Convocatoria de becas de Cursos de Verano 2021

Información sobre becas

Se  convocan  becas  de  matrícula  para  los  Cursos  de  Verano  de  la  Universidad  Pablo  de Olavide  en  su  sede  de  Carmona,  correspondiente a  la 19ª edición  del  programa,  curso  2020/21.

Convocatoria de becas

1. Objeto de las ayudas

Se convocan becas de Matrícula para los Cursos de Verano de la Universidad Pablo de Olavide en su sede de Carmona, correspondiente a la 19ª edición del programa, curso 2020/21.

Estas becas serán financiadas por los propios programas de cada uno de los Cursos de Verano. A tal fin se creará una bolsa común de becas, bolsa única, que atenderá la demanda de todos los estudiantes solicitantes que participen en alguno de los cursos propuestos en el programa de la 19ª edición de los Cursos de Verano.

2. Financiación y dotación de la ayuda

Estas becas serán financiadas por los propios programas de cada uno de los Cursos de Verano. A tal fin se creará una bolsa común de becas, bolsa única, que atenderá la demanda de todos los estudiantes solicitantes que participen en alguno de los cursos propuestos en el programa de la XIX Edición de los Cursos de Verano de la Universidad Pablo de Olavide en Carmona.

Se establecen dos modalidades de becas:

  • Beca completa: consistente en el 100% del importe abonado por el estudiante en concepto de matrícula del curso, exceptuando las tasas por expedición del diploma de aprovechamiento.
  • Beca reducida: consistente en el 50% del importe abonado por el estudiante en concepto de matrícula del curso, exceptuando las tasas por expedición del diploma de aprovechamiento.

3. Requisitos académicos

Podrán participar en el proceso de selección regulado por esta Resolución, las personas que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar matriculado en uno de los Cursos de Verano de la Universidad Pablo de Olavide perteneciente a esta convocatoria.
  • Tener finalizado el proceso telemático de matrícula y estar al corriente de las tasas correspondientes.

4. Requisitos económicos

Esta convocatoria de Becas está dirigida a aquellos estudiantes, cuya renta per cápita de su unidad familiar no supere los 16.000,00 € anuales.

5. Régimen de compatibilidad

Esta ayuda será incompatible con cualquier otra que se pueda disfrutar cuyo objeto sea el pago de la matrícula del curso.

6. Presentación de solicitudes

Quienes soliciten estas ayudas deberán aportar la siguiente documentación a través de la plataforma de matriculación de los cursos de verano:

  • Copia del expediente académico.
  • Impreso de autorización para consultar los datos a la Agencia Estatal de Administración Tributaria disponible en el siguiente enlace pdf
  • Aquella otra documentación que el alumno considere oportuna (familia numerosa, reconocimiento oficial de minusvalía)

7. Plazo de presentación

El plazo límite de presentación de la documentación será hasta el último día celebración del curso que el estudiante esté realizando y para el cuál solicita la beca.

8. Criterios de selección

Para esta convocatoria se establecerán, y aplicarán los siguientes criterios de selección y baremación:

  1. Ingresos económicos (Renta per cápita de la unidad familiar).
  2. Expediente académico.
  3. Criterios de situación socio-laboral.

 

  • Ingresos económicos (renta de la unidad familiar per cápita)

Renta inferior a 7.700 €

2 puntos

Renta superior a 7.701,00 € e inferior a 10.000,00 €

1,5 puntos

Renta superior a 10.001,00 € e inferior a 16.000,00 €

1 punto

  • Expediente académico.

 

Nota media de aprobado

0,25 puntos

Nota media de notable

0,5 puntos

Nota media de sobresaliente/matrícula

1 punto

 

  • Criterios de situación socio-laboral.

Diversidad funcional

1 punto

Familia numerosa

1 punto

Desempleado

1 punto

Una vez baremadas se realizará el estudio y evaluación de las solicitudes de beca presentadas en base a estos criterios.


Asimismo, considerando la bolsa de becas como una bolsa única, se establece el siguiente baremo para su distribución:

Más de 3,9 puntos

Beca completa

Entre 3,9 y 1,9 puntos

Media beca

Menos de 1,9 puntos

Denegada

No serán tenidas en cuenta las solicitudes de becas presentadas fuera del plazo de matriculación, así como aquéllas que no hayan aportado la documentación requerida en el plazo establecido. Igualmente, se desestimarán todas las solicitudes que no estuvieran cumplimentadas en todos sus apartados.


Ningún solicitante podrá obtener beca para más de un curso de los ofertados en la presente edición.


Las becas se harán efectivas mediante transferencia a la cuenta bancaria que el solicitante haya indicado al efecto en el impreso de matriculación.

9. Propuestas de concesión

La instrucción del procedimiento corresponderá a la Comisión de Becas de los Cursos Olavide en Carmona. La resolución de las mismas corresponderá a la Comisión de Becas del Centro de Estudio Postgrado.


Las solicitudes serán resueltas y notificadas en el plazo máximo de tres meses contados a partir del día siguiente al de finalización de los Cursos de Verano. Una vez transcurrido este último plazo sin haberse notificado resolución expresa, los interesados estarán legitimados para entender desestimadas sus solicitudes.

10. Subsanaciones y reclamaciones

El plazo de subsanación o reclamación a la lista provisional de becas será de 3 días hábiles.

11. Aceptación de las bases

La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la convocatoria y condiciones de la beca.

12. Protección de datos

De conformidad con lo establecido por la normativa vigente en materia de protección de datos personales, los que nos facilite en este formulario serán tratados por la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, e incorporados en el sistema de tratamiento "Formación Permanente" (Olavide en Carmona), con la finalidad de gestionar y tramitar el proceso de selección, finalidad basada en la necesidad de dar cumplimiento a obligaciones legales por parte de la Universidad.


Mediante el envío de la solicitud para concurrirá estas ayudas, cada aspirante acepta las bases de la convocatoria y, específicamente, autoriza a la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, a que aparezca su DNI en las diferentes listas que se publicarán a lo largo del proceso selectivo.
Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir la finalidad para la que se recabaron. No obstante, podrán conservarse más tiempo con finalidades de archivo histórico y estadístico.


Los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así́ como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, pueden ejercitarse mediante escrito dirigido a la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, a través de su registro general (edificio 18-José Celestino Mutis, planta baja o https://upo.gob.es/registro-electronico/).

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 3 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. de 14 de julio), sin perjuicio de que potestativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y Fundaciones.

Olavide en Carmona
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