Apoyo a trámites
Sobre gestión de derechos de propiedad intelectual
Información General:
Entra las líneas de acción del Servicio de Extensión Cultural de la UPO, se encuentra la gestión de la Agenda Cultural de nuestra universidad; lo que supone la coordinación entre todos los agentes que intervienen en el hecho final: el acto artístico en escena.
Uno de los agentes que forma parte de la gestión cultural en la universidad, son las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual.
En el obligado cumplimiento de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, la universidad como cualquier institución pública tiene el deber de cumplir con lo dispuesto en relación a la protección de los derechos que asisten a artistas y creadores en particular y a la propiedad intelectual en general. Respetando todo lo concerniente a los trámites de los derechos de “reproducción, distribución y comunicación pública de las obras (…)” https://www.boe.es/buscar/pdf/1996/BOE-A-1996-8930-consolidado.pdf
Cualquier actividad de carácter artístico y/o cultural que organice o proponga algún órgano de la comunidad universitaria (vicerrectorados, direcciones generales, facultades, áreas o servicios…) y que suponga la comunicación pública, la reproducción y/o la distribución de obras de carácter artístico, deberá ser remitida con antelación suficiente (30 días naturales) e información detallada sobre la misma, al Servicio de Extensión Cultural – SEC, encargado de articular las directrices de este Vicerrectorado en materias culturales.
Para ello, cumplimente el siguiente FORMULARIO.