Origen y composición

La primera propuesta para la creación de la Comisión de Biblioteca, como Comisión Permanente del Consejo de Gobierno, se rigió por el Reglamento de Funcionamiento Interno[PDF] (art.17.2 y anexo 2) de este último aprobado el 24 de febrero de 2004 (Acta1/2004[PDF] - Anexo 3[PDF]) y modificado el 29 de marzo de 2005 (Acta 3/2005[PDF] - Anexo 2[PDF])

Actualmente se rige por Reglamento de Organización y Funcionamiento interno del Servicio de Biblioteca de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla [PDF], aprobado el 19 de diciembre de 2019 por el Consejo de Gobierno de la Universidad Pablo de Olavide, publicado en el Boletín nº1/2020 del Boletín Oficial de la Universidad Pablo de Olavide (BUPOe)

 

Composición:

  • Presidente: Vicerrector o Vicerrectora competente por razón de la materia
  • Secretario: Directora de la Biblioteca
  • Vocales
    • Gerente
    • Un representante por cada uno de los Departamentos de la Universidad
    • Dos representantes del estudiantado de Grado, designado por el CEUPO,
    • Un representante del estudiantado de Postgrado, entre los elegidos en la Comisión de postgrado
    • Dos representantes del Personal de Administración y Servicios, uno de los cuales debe ser elegido por y de entre el personal de la Biblioteca/CRAI y el otro, por los órganos de representación del PTGAS

 

 

Actualizado: 17/12/2024

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